De la réplica del señor Cabo a
mi carta, “Educación para la ciudadanía”, deduzco que no me ha entendido.
Contraponía yo en mi escrito dos conceptos: el de súbdito y el de ciudadano y
afirmaba que mientras el régimen franquista educaba a los individuos para ser
súbditos, en un régimen democrático es necesario educarlos para que sean ciudadanos.
Como creo que la discrepancia
surge de la diferente interpretación que damos a estos términos, veamos cómo
los define el diccionario. “Súbdito: Persona sujeta a la autoridad de un
superior con obligación de obedecerle”. “Ciudadano: Persona de un estado que
posee capacidad jurídica para ejercer sus derechos políticos”. También podemos
leer: “La ciudadanía da unos derechos pero crea al mismo tiempo unos deberes”.
De estas definiciones se deducen dos cosas: que en el régimen anterior no
éramos ciudadanos y que para ser buenos ciudadanos es necesario conocer no sólo
los derechos que nos asisten sino también los deberes. ¿Cree mi interlocutor
que los individuos nacen conociendo esos derechos y deberes o necesita
aprenderlos? ¿Si es lo último, dónde cree que se deben enseñar?
Teniendo en cuenta que el nombre
completo de la asignatura es “Educación para la ciudadanía y Derechos Humanos”,
parece obvio lo que se trata de enseñar. ¿Le parece al señor Cabo que el
conocimiento de los Derechos Humanos está tan generalizado que no hace falta
enseñarlos?
Finalmente, cabe hacer una
aclaración importante al respecto. Si bien el papel de la familia es clave en
la transmisión de valores, el tema es de tal envergadura que el Estado debe
asumir la responsabilidad de educar para la ciudadanía y la democracia.
Gijón, 8-7-2006
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